En nuestro desarrollo, en cuanto al progreso de leyes es el siguiente:

A – ley numero 7912, 21 de setiembre de 1999, ley orgánica del colegio de profesionales en quiropráctica.

b- reglamento ley orgánica del colegio de profesionales en quiropráctica. 823 de marzo del 2000) dentro de sus reformas más importantes esta la inclusión del artículo 55 bis, adicionado el 16 de enero del 2009. Que además de establecer definiciones importantes para el ejercicio de la profesión, y se establece como de aplicación propia del ejercicio de la quiropráctica los siguientes procedimientos: ajuste, manipulación articular, terapia de manipulación vertebral, movimiento rápido de ajuste (impulso o thrust9 serán de aplicación en el ejercicio de la quiropráctica.

c- constitución de la primera junta directiva  ante el comité ejecutivo del colegio de profesionales universitarios de costa rica realizada el 20 de setiembre del 2006.

d- pronunciamiento de la procuraduría general de la república c- 025-2008, del 29 de de enero del 2008, mediante el cual se concluye que los miembros del colegio de profesionales en quiropráctica pueden denominarse “médicos en quiropráctica” y por lo tanto, los quiroprácticos son médicos en todos sentidos.

E- pronunciamiento de la procuraduría general de la república c- 053-2012, del 06 de marzo del 2012, mediante el cual se concluye que el ministerio de salud tiene competencia para cerrar los despachos de quiropráctica que no sean regentados por un profesional debidamente incorporado al colegio dado que están integrados en el artículo 40 de la ley general de salud, bajo la categoría de medicina. Podemos realizar estudios de imágenes tales como pero no limitados a rayos x, resonancia magnética estudios espaciales.

f- el oficio DAJ-UAL-RB-1449-13, del 28 de junio del 2013 de la dirección asuntos jurídicos del ministerio de salud, se tiene que la quiropráctica esta contemplada por estar dentro de ciencias  de la salud.

g- el decreto ejecutivo 37554 del 10 de enero del 2013, norma para la habilitación de establecimientos que brindan atención en medicina quiropráctica.

h- código de ética del colegio del colegio de profesionales en quiropráctica.

i-reglamento para la aplicación de la suspensión para el ejercicio de la profesión en aplicación de la ejecución  condicionada del código de ética del colegio de profesionales en quiropráctica.

j- reglamento para incorporarse y formulario,   aclarado lo anterior, nuestro desarrollo, en cuanto al progreso de leyes es el siguiente: